Estados Límite (NTC-18)

Según NTC-18, los requisitos de rendimiento se refieren al estado de daño en la estructura definida a través de cuatro estados límite, a saber, nivel operacional (SLC), limitación de daños (SLD), seguridad de vida (SLV) y prevención de colapso (SLC).

Estado Límite de Prevención del Colapso (SLC)

El estado límite de prevención del colapso (SLC) puede seleccionarse, de acuerdo al NTC-18, cuando la estructura, luego de un terremoto, sufre agrietamiento severo, el colapso de los componentes no estructurales y existe daño severo en equipos y componentes estructurales. El edificio aun retiene rigidez y resistencia significativa ante las cargas verticales y un pequeño margen de seguridad en contra de las acciones laterales. El nivel apropiado de protección se alcanza escogiendo una acción sísmica con un periodo de retorno de 975 años correspondiente a una probabilidad de excedencia de 5% en 50 años.

Estado Límite de Seguridad de Vida (SLV)

El estado límite de Seguridad de Vida (SLV) puede seleccionarse, de acuerdo al NTC-18, cuando el edificio, luego de un terremoto, sufre agrietamiento y se da el colapso de componentes y equipo no estructurales, y hay daño significativo en los componentes estructurales, con una pérdida significativa de rigidez contra las acciones horizontales; la construcción aun retiene parte de la rigidez y resistencia antes acciones verticales y existe un margen de seguridad en contra del colapso ante acciones sísmicas horizontales. El nivel apropiado de protección se alcanza escogiendo la acción sísmica con un periodo de retorno de 475 años correspondiente a una probabilidad de excedencia de 10% en 50 años.

Estado Límite de Limitacón de Daño (SLD)

El estado límite de limitación del daño (SLD) puede seleccionarse, de acuerdo al NTC-18, cuando el edificio luego de un terremoto, incluyendo los componentes estructurales y no estructurales, así como equipo necesario para su funcionamiento, sufre daño que no compromete significativamente la resistencia y rigidez ante acciones verticales y horizontales. La estructura permanece utilizable inmediatamente a pesar de la interrupción del uso de parte de sus equipos. El nivel apropiado de protección se alcanza al escoger una acción sísmica con un periodo de retorno de 50 años, correspondiente a una probabilidad de excedencia de 63% en 50 años.

Estado Límite de Nivel Operacional (SLO)

El estado límite de nivel operacional (SLO) puede seleccionarse de acuerdo al NTC-18, cuando el edificio, incluyendo los componentes estructurales y no estructurales, así como el equipo relevante para su función, no debe dañarse o sufrir interrupción luego de un terremoto. El nivel apropiado de protección se alcanza al escoger la acción sísmica con un periodo de retorno de 30 años, correspondiente una probabilidad de excedencia de 81% en 50 años.